Los representantes del profesorado son elegidos por el Claustro mediante voto directo, secreto y no delegable.
Tener un cargo directivo es incompatible con ser representante en el Consejo Escolar por alguno de los sectores, en el caso de que un profesor o una profesora fuera miembro del Consejo Escolar y resultase designados para el desempeño de un cargo directivo con posterioridad a su pertenencia a este órgano colegiado, generará una vacante que deberá ser cubierta
Solo puede ser elegido el profesorado que presente candidatura, pero todos los docentes del Claustro tienen derecho a votar.
La mesa electoral está formada por la persona que ejerce la dirección del centro (preside la mesa), el profesor/a de mayor antigüedad (como vocal) y el de menor antigüedad (como secretario). Si tuvieran la misma antigüedad, formarán parte de la mesa quienes tengan mayor y menor edad, respectivamente.