Guía Consejos Escolares

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¿Cómo se pueden solucionar los incumplimientos normativos que se considere que existen en el funcionamiento del Consejo Escolar?

Muchas de las consultas que se reciben en el Consejo Escolar de Canarias se refieren a este tema. Esta guía pretende aportar información sobre el marco legal aplicable que permita solucionar estas desavenencias en el seno del Consejo Escolar mediante un debate constructivo. Después de haberlo intentado dentro del órgano y con las personas implicadas, si se percibe un incumplimiento normativo no quedará más remedio que recurrir a la Inspección Educativa.

Artículo 151. Funciones de la inspección educativa.

Las funciones de la inspección educativa son las siguientes:

a) Supervisar, evaluar y controlar, desde el punto de vista pedagógico y organizativo, el funcionamiento de los centros educativos, así como los proyectos y programas que desarrollen, con respeto al marco de autonomía que esta Ley ampara.

d) Velar por el cumplimiento, en los centros educativos, de las leyes, reglamentos y demás disposiciones vigentes que afecten al sistema educativo.

f) Asesorar, orientar e informar a los distintos sectores de la comunidad educativa en el ejercicio de sus derechos y en el cumplimiento de sus obligaciones.]

h) Orientar a los equipos directivos en la adopción y seguimiento de medidas que favorezcan la convivencia, la participación de la comunidad educativa y la resolución de conflictos, impulsando y participando, cuando fuese necesario, en los procesos de mediación.