Como se indica en la pregunta ¿Cómo se convoca un Consejo Escolar?:
Artículo 17.- Régimen de funcionamiento del Consejo Escolar.
2. […] Para las reuniones ordinarias, la dirección del centro enviará a los miembros del Consejo Escolar la convocatoria con una antelación mínima de siete días naturales, que incluirá el orden del día de la reunión.