Guía Consejos Escolares

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Las asociaciones de alumnado, ¿tienen un puesto reservado en el Consejo Escolar?

Artículo 18.- Sectores con puestos de designación.

En la primera constitución y siempre que se produzca una renovación parcial del Consejo Escolar, la junta electoral solicitará la designación de sus representantes […] a la asociación del alumnado mayoritaria y a la junta de delegados y delegadas del centro[…]

Artículo 23.- Elección de las alumnas y los alumnos representantes del alumnado.

2. El ejercicio del derecho reconocido en el artículo 18 de esta Orden a la asociación del alumnado con mayor número de miembros y a la junta de delegados y delegadas, para designar una persona representante del alumnado en el Consejo Escolar, no será posible cuando este órgano colegiado tenga solo una plaza en este sector.