Artículo 41.- Elaboración y aprobación.
1. Las normas de convivencia del centro y sus posibles modificaciones serán elaboradas a partir de las aportaciones del profesorado, alumnado, familias y personal no docente, por el equipo directivo, y aprobadas por el Consejo Escolar.
2. La dirección del centro las hará públicas procurando la mayor difusión entre la comunidad educativa y garantizará su conocimiento por todos los sectores con la colaboración de los mismos, publicándolas en la Web del centro, en su caso, y entregando un ejemplar de las mismas a las familias en la matriculación que hagan de sus hijos, hijas o menores bajo tutela, cuando accedan por primera vez al centro.