Guía Consejos Escolares

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Para que se proceda a una votación y el resultado sea válido, ¿se puede votar un asunto que no está previsto que se vote en el orden del día?

Artículo 17.- Régimen de funcionamiento del Consejo Escolar.

[…] No podrá ser objeto de acuerdo ningún asunto que no figure en el orden del día, salvo que estén presentes todos los miembros y sea declarada la urgencia por el voto favorable de la mayoría.