Disposición adicional segunda. Otros aspectos organizativos.
2. Cuando en el orden del día se incluyan temas o cuestiones relacionadas con la normal actividad del centro y que estén bajo la tutela o la responsabilidad inmediata de algún miembro de la comunidad educativa que no sea representante del Consejo Escolar, se le podrá convocar a la sesión, con el fin de que informe sobre el respectivo tema o cuestión.