Portada - Guía - ¿Quienes tienen derecho a voto en el Consejo Escolar?
¿Quienes tienen derecho a voto en el Consejo Escolar?
Tiene derecho a voto:
La persona que ostente el cargo de dirección.
La persona que ostenten el cargo de jefatura de estudios.
La persona representante del ayuntamiento.
Las personas representantes del profesorado.
Las personas representantes de la familia y el alumnado.
La persona representante del personal de administración y servicios.
La persona titular de la secretaría del centro que actúa a su vez como secretario o secretaria del Consejo Escolar tiene voz, no voto; es decir, puede intervenir, pero no votar.
Además, se debe especificar que cuando hablamos de la secretaría del centro hablamos de una persona perteneciente al equipo directivo, no del personal de administración y servicios que trabaja en la Secretaría del centro.